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Subsidio por maternidad del IPS: paga el salario completo durante 18 semanas
Hacen falta cuatro meses seguidos de aportes y el dinero llega en cinco cuotas mensuales, según la guía de prestaciones del instituto

El subsidio por maternidad del IPS paga a la trabajadora asegurada el 100% de su último salario durante las 18 semanas de permiso, según la guía de prestaciones económicas del Instituto de Previsión Social (IPS). Con el salario mínimo de G. 3.044.000, la madre cobra G. 12.784.800 en total.
- Subsidio total
- Cuota de cada mes (30 días)
El IPS toma el último mes completo con aporte antes del parto y no paga más de G. 507.333 por día.
Fuente: Ley 5508, artículo 12; Decreto Ley 1.860/50, artículo 82; guía de prestaciones económicas del IPS
El dinero no sale del bolsillo del patrón. Lo paga el seguro social con los aportes de trabajadores y empresas. La Ley 5508 lo define como un subsidio «equivalente al 100% (cien por ciento) de su remuneración al momento de ocurrido el parto».
El IPS explica el sentido en su guía: el subsidio busca «reemplazar el salario que la mujer deja de percibir al ausentarse de su trabajo». Por eso no hay un monto fijo. Cada madre cobra según lo que ganaba.
No siempre fue así. Cuando la ley se promulgó, el 28 de octubre de 2015, el IPS pagaba el 50% del salario en los primeros seis meses y el 75% hasta el año. El 100% llegó desde el tercer año de promulgada, según las disposiciones transitorias de la misma ley.
Cuánto se cobra de maternidad en el IPS en 2026
La cuenta es simple. El IPS toma el último salario completo anterior al mes en que empieza el reposo, lo divide por 30 y lo multiplica por los 126 días del permiso. Si ese mes cobraste menos de 30 días, por ejemplo porque entraste a mitad de mes, el instituto retrocede hasta el último mes completo con aporte.
La propia guía del IPS trae un ejemplo con un sueldo de G. 3.500.000. El promedio diario da G. 116.667 y el subsidio total, G. 14.700.000. Así queda con otros sueldos:
| Salario mensual | Subsidio por día | 18 semanas (126 días) | 24 semanas (168 días) |
|---|---|---|---|
| G. 3.044.000 (mínimo) | G. 101.467 | G. 12.784.800 | G. 17.046.400 |
| G. 3.500.000 | G. 116.667 | G. 14.700.000 | G. 19.600.000 |
| G. 5.000.000 | G. 166.667 | G. 21.000.000 | G. 28.000.000 |
| G. 8.000.000 | G. 266.667 | G. 33.600.000 | G. 44.800.000 |
| G. 20.000.000 | G. 507.333 (tope) | G. 63.924.000 | G. 85.232.000 |
Fuente: fórmula de la guía de prestaciones económicas del IPS (setiembre de 2025) y salario mínimo del Decreto 6.225, vigente desde el 1 de julio de 2026.
El subsidio tiene un techo. No puede pasar de cinco veces el salario mínimo diario, según el artículo 82 del Decreto Ley 1.860/50. Con el mínimo actual, el tope es de G. 507.333 por día. Solo lo alcanza quien gana más de G. 15.220.000 por mes.
El pago no llega de una sola vez. Como reemplaza al sueldo, el IPS lo divide en cinco cuotas mensuales: cuatro de 30 días y una última de seis. Por ejemplo, una cajera de supermercado de Luque que gana el mínimo recibe cuatro cuotas de G. 3.044.000 y una quinta de G. 608.800.
G. 12.784.800
Fuente: IPS y Decreto 6.225, 2026
Requisitos del subsidio por maternidad del IPS
El IPS pide cinco condiciones para pagar, según su guía:
- AportesComo mínimo cuatro meses de aporte ininterrumpidos, con al menos 36 días trabajados, antes del mes en que empieza el reposo.
- Empresa al díaLa patronal tiene que estar al día con sus aportes cuando arranca el permiso.
- Registro en el REIEl empleador debe declarar el reposo en el Registro Electrónico Institucional, el sistema donde las empresas cargan los datos de sus trabajadores.
- Certificado médicoEl reposo debe indicar el embarazo y la fecha probable de parto.
- PlazoTenés 12 meses desde el último día del reposo para pedir el pago.
Antes de quedar embarazada o en los primeros meses, conviene revisar que todo esté en orden. La consulta de asegurado del IPS muestra con tu cédula si figurás activa y quién es tu empleador. El extracto de aportes del IPS muestra mes por mes si la empresa pagó.
Si la empresa no está al día cuando empieza el reposo, el IPS no paga el subsidio. En ese caso la ley pone la obligación sobre el empleador: el artículo 12 de la Ley 5508 dice que debe asumir «el pago del 100%» del monto. Vale igual si nunca te inscribió en el seguro.
Si la patronal tampoco paga, la trabajadora presenta la denuncia ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), según la guía del IPS. El MTESS recibe reclamos en su sede de Asunción, en las oficinas regionales, en su sitio web y por WhatsApp al (0993) 308 100. La Ley 6453 de 2019 fija multas de 50 a 100 jornales mínimos por cada trabajadora afectada.
Durante el permiso no podés trabajar en ningún otro lado. La ley prohíbe prestar servicios a terceros, aunque sean parciales u ocasionales.
Licencia por maternidad: 18 o 24 semanas
El permiso dura 18 semanas seguidas, es decir, 126 días. La madre puede tomar hasta dos semanas antes de la fecha probable de parto y las 16 restantes después del nacimiento. Si no usa el tramo previo, las 18 semanas corren desde el parto. Si el bebé se adelanta, el período empieza en la fecha real del nacimiento.
Hay casos en que el permiso es más largo. Así lo fija el artículo 11 de la Ley 5508, que la Ley 7534, promulgada el 19 de setiembre de 2025, mantuvo con el mismo alcance:
| Situación | Duración del permiso |
|---|---|
| Parto normal | 18 semanas (126 días) |
| Parto antes de la semana 35 de gestación | 24 semanas |
| Bebé de menos de 2.000 gramos al nacer | 24 semanas |
| Bebé que necesita incubadora o cuidados especiales | 24 semanas |
| Mellizos, trillizos o más | Un mes más por cada hijo desde el segundo |
| Adopción de un niño menor de seis meses | 18 semanas |
| Adopción de un niño mayor de seis meses | 12 semanas |
Fuente: Ley 5508, artículos 11 y 13, con la redacción de la Ley 7534 de 2025.
Si se dan las dos situaciones a la vez, por ejemplo mellizos prematuros, rige el período más largo. En los casos especiales, el IPS pide una constancia del neonatólogo o del pediatra con la edad gestacional y el peso al nacer. Si la firma un médico de afuera del instituto, va visada por el Ministerio de Salud.
Subsidio por maternidad IPS, paso a paso
Si el bebé nace en un hospital o una clínica del IPS, no tenés que hacer nada. El reposo se procesa solo, según la guía del instituto. Si el parto es en un sanatorio privado o en un hospital público, la madre carga los papeles en la plataforma Reposos Web, en el portal del IPS:
- Pedile al médico el certificado de reposo con tu nombre, tu cédula, el diagnóstico y los días de reposo. Tiene que llevar también la fecha de la última menstruación, la fecha probable de parto y su firma y sello legibles.
- Visá el certificado en el sitio del Ministerio de Salud: desde el 1 de julio de 2026 el trámite es en línea y cuesta G. 10.000.
- Sacá el certificado de nacimiento del bebé en el Registro Civil.
- Tomá fotos nítidas de los originales: el reposo visado, tu cédula de los dos lados, los estudios médicos si los hay y el certificado de nacimiento.
- Entrá a Reposos Web, completá el formulario electrónico y adjuntá las fotos.
- Avisale a tu empleador que tiene que declarar el reposo en el sistema REI.
- Seguí el estado con tu número de cédula en la consulta de certificados de reposo del portal del IPS.
El IPS no acepta archivos PDF ni documentos escaneados: pide fotos de los papeles. Si el médico del IPS te dio el permiso prenatal y el parto fue en otro lugar, solo tenés que subir el certificado de nacimiento por la misma plataforma.
El mismo sistema se usa para el reposo por enfermedad del IPS, que paga el 50% del salario. La diferencia es que en maternidad el porcentaje es el doble y no se descuenta el primer día.
Dónde se cobra el subsidio del IPS
El IPS deposita por el primer canal que funcione, en este orden, según su guía. Primero, tu cuenta personal en un banco, si tiene tarjeta de débito procesada por Bancard y movimientos recientes. Después, la billetera Zimple o la ventanilla de la Financiera Paraguayo Japonesa. Por último, una ventanilla del Banco Nacional de Fomento (BNF), con la cédula original.
La cuenta donde querés cobrar se carga o se cambia en Mi IPS, con tu usuario y contraseña. Conviene hacerlo antes del parto: con un bebé recién nacido, un trámite menos en ventanilla es tiempo ganado en casa.
Lactancia, paternidad y fuero maternal
El subsidio es una parte de la protección. La misma Ley 5508 suma otros derechos que rigen en el sector público y en el privado:
- Lactancia90 minutos por día para amamantar en los primeros seis meses desde la vuelta al trabajo, con goce de sueldo. Con indicación médica, se extiende con 60 minutos diarios hasta los 24 meses del bebé.
- Parto múltiple60 minutos más de lactancia por día por cada hijo desde el segundo.
- PaternidadDos semanas pagadas por el empleador después del parto. En ese tiempo, el padre inscribe al bebé en el Registro Civil y empieza el trámite de su cédula.
- Fuero maternalDesde que la empresa sabe del embarazo y mientras duran los permisos, el preaviso y el despido son nulos. La madre tiene inamovilidad hasta un año después del nacimiento.
Durante el embarazo también corre el permiso por control prenatal, de hasta cuatro horas pagas por consulta. Y una vez que nace, el bebé puede entrar al seguro como beneficiario: así se hace el trámite para asegurar a tu hijo en el IPS.
Para las madres que no aportan al IPS, el Estado tiene otros apoyos, como la leche del PANI y los controles gratuitos en los servicios de salud pública. Están reunidos en la guía de ayudas para embarazadas y madres.
Las consultas sobre el subsidio se hacen al 0800 11 5000, sin costo, o al (021) 219 7600, según la guía de prestaciones del IPS. El plazo para pedir el pago vence 12 meses después del último día del reposo.
Cómo citar. Ahendu (21 oct. 2026). «Subsidio por maternidad del IPS: paga el salario completo durante 18 semanas». ahendu.com.py/sociedad/subsidio-por-maternidad-ips-como-cobrar
Los datos, tablas y gráficos propios de Ahendu se pueden reutilizar con licencia CC BY 4.0, citando a Ahendu. Los textos y las fotos no están incluidos.
1. Qué porcentaje del salario paga el IPS durante la licencia por maternidad?
El artículo 12 de la Ley 5508 fija el 100% de la remuneración al momento del parto.
2. Cuántos meses seguidos de aporte pide el IPS?
La guía del IPS exige cuatro meses de aporte ininterrumpidos, con al menos 36 días trabajados.
3. Quién paga el subsidio si la empresa está en mora con el IPS?
Si la patronal no está al día al inicio del reposo, el subsidio corre por su cuenta.
4. Cuántas semanas dura el permiso si el bebé pesa menos de 2.000 gramos?
La Ley 5508 lleva el permiso a 24 semanas en esos casos.
Preguntas frecuentes
Cuánto tarda el IPS en pagar el subsidio por maternidad?
Se paga en cinco cuotas mensuales: cuatro de 30 días y una última de seis. Una vez aprobado cada pago, la empresa que procesa las acreditaciones tiene tres semanas para depositar en la cuenta o en la billetera; si no puede, el dinero pasa a una ventanilla del BNF.
El padre puede cobrar el subsidio por maternidad?
No. El IPS lo paga solo a la madre asegurada, titular del seguro. Si la madre fallece durante el permiso, el pago pasa al padre del niño, según la Ley 5508.
Hasta cuándo se puede pedir el subsidio por maternidad?
Hay 12 meses desde el último día del reposo, según el artículo 85 del Decreto Ley 1.860/50. Pasado ese plazo, el IPS ya no lo paga.
Qué documentos pide el IPS si el bebé nació en el exterior?
El certificado de reposo visado por el ministerio de salud del país donde nació y el certificado de nacimiento original, traducido por un traductor público registrado en la Corte Suprema de Justicia.
Qué pasa con el subsidio si el bebé fallece?
El IPS paga 40 días de reposo en concepto de enfermedad. Para eso se carga en la plataforma Reposos Web el certificado de defunción original del Registro Civil.
Cuánto dura la licencia por adopción?
Son 18 semanas si el niño adoptado o acogido tiene menos de seis meses y 12 semanas si es mayor, con sentencia judicial, según el artículo 13 de la Ley 5508.
Puedo trabajar en otro lado mientras cobro la maternidad?
No. La ley prohíbe hacer cualquier trabajo o prestar servicios a terceros, aunque sean parciales u ocasionales, mientras dura el permiso.
A qué número llamo para consultar mi subsidio?
Al 0800 11 5000, sin costo, o al (021) 219 7600. El estado del reposo también se ve con la cédula en la consulta de certificados de reposo del portal del IPS.
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