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Pensión alimentaria en Paraguay: se pide en el Juzgado de la Niñez y el juez fija el monto

El reclamo va al Juzgado de la Niñez, con un abogado o con un defensor público gratuito, y el juez puede ordenar una cuota provisoria durante el proceso

La pensión alimentaria para un hijo se pide ante un Juzgado de la Niñez y la Adolescencia. El monto lo fija el juez en jornales mínimos, según el Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley 1680/01). Es el reclamo más frecuente de ese fuero en todo el país.

Entre el 1 de enero y el 19 de mayo de 2026 entraron 5.148 juicios a los juzgados de la Niñez, y 3.346 fueron de asistencia alimenticia. Lo informó el 20 de mayo, en la sesión plenaria, la ministra de la Corte Suprema Carolina Llanes, responsable de la Oficina Técnica de Apoyo al Fuero de la Niñez y Adolescencia.

3.346

juicios de asistencia alimenticia entraron a los juzgados de la Niñez entre el 1 de enero y el 19 de mayo de 2026

Fuente: Corte Suprema de Justicia, 20 de mayo de 2026

La ley llama a este derecho asistencia alimenticia, y en la calle se conoce como pensión alimenticia o cuota alimentaria. Esta guía resume qué cubre, dónde se reclama, qué pruebas pide el juzgado, cómo se fija el monto y qué consecuencias tiene no pagarla.

Qué es la pensión alimentaria y qué cubre

El artículo 97 del Código obliga al padre y a la madre a dar a su hijo alimentos suficientes y adecuados a su edad. La asistencia incluye lo necesario para el sustento, la vivienda, la ropa, la educación, la atención médica y la recreación del niño o adolescente.

La protección empieza antes del nacimiento. La mujer embarazada puede reclamar alimentos al padre del hijo, y la obligación comprende los gastos del embarazo y del parto. El mismo artículo agrega que el juez nunca deja de pronunciarse sobre un pedido de asistencia alimenticia.

Si los padres no están, no pueden o no tienen recursos, la obligación pasa a los guardadores y a los parientes que menciona el artículo 258 del Código Civil, y en forma subsidiaria al Estado. Cuando ninguno puede cumplir solo, el juez puede repartir la cuota entre varios obligados.

Quien fue condenado a pagar tampoco puede abrir otro juicio para dejar de hacerlo. El artículo 99 dice que la pensión alimenticia se sigue pagando hasta que una sentencia definitiva en otro proceso revierta la condena dictada en el juicio de alimentos.

Dónde se pide la pensión alimenticia

El reclamo se presenta ante un Juzgado de la Niñez y la Adolescencia. El artículo 161 del Código le da a ese juzgado los pedidos de fijación de cuota alimentaria, junto con las acciones de filiación, la patria potestad y las reclamaciones de ayuda prenatal.

Hay tres caminos para llegar:

  1. Con un abogado particular, que presenta la demanda y sigue el expediente. Como parte, también podés ver la causa en línea con el usuario que explica la guía del trámite judicial electrónico.
  2. Con un defensor público de la Niñez, sin costo. Hay que acudir al defensor de turno de la circunscripción judicial que corresponde.
  3. Con un acuerdo en mediación, antes del juicio. La Dirección de Mediación de la Corte atiende gratis casos de asistencia alimentaria, convivencia y relacionamiento, y son los que más llegan, como explica la nota sobre la mediación gratuita del Poder Judicial.

La Consejería Municipal por los Derechos del Niño, Niña y Adolescente (CODENI) de cada municipio también puede intervenir antes de que haya un juicio. El artículo 50 del Código le permite ofrecer una alternativa para resolver el conflicto y derivar al juez los casos que le corresponden.

La Defensa Pública en el fuero de la Niñez

El Ministerio de la Defensa Pública asesora, representa y defiende gratis a quienes no tienen recursos para pagar un abogado. En el fuero de la Niñez atiende a los adultos que necesitan iniciar o contestar un juicio, como demandantes o como demandados.

  • CostoNinguno; el defendido queda exonerado de las tasas judiciales y solo paga gastos de justicia, notificaciones y edictos.
  • Qué llevarFotocopia de la cédula de identidad y fotocopia de la cédula de dos testigos, vecinos, amigos o conocidos, que puedan informar sobre tu situación económica. Con eso, el defensor gestiona ante el juez el beneficio de litigar sin gastos.
  • HorarioDe lunes a viernes, de 7:00 a 13:00. Las defensorías de la Niñez atienden urgencias las 24 horas, también sábados, domingos y feriados.
  • Sede centralOliva entre 14 de Mayo y Alberdi, edificio Safira, Asunción. Cada circunscripción judicial tiene sus propios defensores.

Requisitos para el juicio de alimentos

El artículo 185 pide a quien reclama dos cosas: probar el derecho en virtud del cual pide alimentos y señalar el monto aproximado de los ingresos de quien debe pagarlos.

El vínculo solo se prueba con un instrumento público, como el certificado de nacimiento del hijo, o con la absolución de posiciones del demandado, es decir, con sus respuestas ante el juez.

Si el hijo no fue reconocido, la vía es el juicio de filiación, que también tramita el Juzgado de la Niñez; en ese caso, la cuota corre desde que se inició ese juicio.

Los ingresos del demandado se pueden probar con toda clase de pruebas, incluidas las declaraciones de testigos ante el juez.

Para empezar conviene tener a mano:

  • Cédula de identidadDe quien reclama.
  • Certificado de nacimientoDel hijo.
  • Datos del demandadoNombre completo y domicilio, para que el juzgado lo pueda citar.
  • Pruebas de sus ingresosDocumentos o nombres de testigos que conozcan su actividad.

Cómo fija el juez el monto de la pensión alimentaria

La ley no fija un porcentaje del sueldo ni una tabla de montos. El juez decide la cuota con las pruebas del expediente, y el artículo 189 le marca tres reglas:

  • UnidadLa cuota se expresa en jornales mínimos para actividades diversas no especificadas, y sube en forma automática y proporcional con cada aumento salarial.
  • Desde cuándoSe paga por mes adelantado desde la fecha en que se inició la demanda. Si antes hubo un juicio de filiación, desde el inicio de ese juicio.
  • Cuota provisoriaEn cualquier etapa del proceso, el juez puede fijar alimentos provisorios. Antes cita una sola vez al demandado, y si no se presenta, la medida se dicta igual y se tienen por ciertas las afirmaciones de quien reclama.

Cuando no se pueden acreditar los ingresos del demandado, el artículo 190 manda al juez a mirar su forma de vida y todo lo que muestre su capacidad económica. En ese caso, la ley presume, sin admitir prueba en contrario, que gana al menos el salario mínimo legal.

La cuota no queda fija para siempre: el aumento o la disminución de la prestación también se piden ante el Juzgado de la Niñez.

Juicios que entraron a los juzgados de la Niñez del 1 de enero al 19 de mayo de 2026
Asistencia alimenticia3.346
Régimen de relacionamiento966
Aumento de la prestación alimentaria571
Disminución de la prestación alimentaria265

Fuente: Corte Suprema de Justicia, 20 de mayo de 2026

Cómo se cobra la cuota: la cuenta de alimentos del BNF

La cuota se deposita en una cuenta de ahorro de Prestación de Alimentos habilitada en el Banco Nacional de Fomento (BNF). Por eso la ley pide los comprobantes de ese banco para probar que los pagos están al día.

La Contaduría General de los Tribunales indica tres formas de consultar el saldo:

  • Por teléfonoCall center del BNF, 416 0100.
  • Por internetEn la banca web del BNF, menú de control de saldo, con una clave de acceso que se pide antes.
  • Por celularCon un mensaje con el número de cédula al 2727, desde Tigo o Personal.

La Contaduría funciona en el subsuelo 1 del Palacio de Justicia de Asunción, en Alonso y Testanova, con el teléfono (021) 423 626.

Qué pasa si no se paga la pensión alimenticia

El Código de la Niñez y la Adolescencia da varias herramientas para cobrar. El juez puede ordenar la retención de hasta el 50% de los ingresos del deudor para cubrir las cuotas atrasadas. Además, los alimentos impagos son créditos privilegiados: se cobran antes que cualquier otra deuda general o especial.

El incumplimiento también tiene un capítulo penal. El Código Penal prevé el incumplimiento del deber legal alimentario en su artículo 225, y ese caso se denuncia ante el Ministerio Público.

El Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM)

La herramienta más visible es el REDAM, creado por la Ley 5415/15 y reformado por la Ley 6506/20. Lo administra el Poder Judicial.

  • Quién entraQuien debe tres o más cuotas, sucesivas o alternadas, fijadas por sentencia, resolución o acuerdo homologado por un juez.
  • CómoLa parte que cobra comunica la mora al juzgado; el juez declara al deudor en mora y ordena incluirlo en el registro en 48 horas.
  • ConsecuenciasEl certificado del REDAM se exige para obtener licencias y permisos de conducir, para comprar o vender bienes ante escribano y en los trámites de entidades financieras, crediticias y estatales.
  • En el registro civilAl celebrar un matrimonio, el oficial informa al otro contrayente y a los testigos si alguno figura en el registro, como detalla la guía para casarse por civil.
  • Cómo se saleEl deudor presenta al juzgado los comprobantes del BNF que prueban que está al día; el juzgado confirma con el banco y ordena la exclusión en 48 horas.

El certificado es gratuito y se genera en la web del Poder Judicial las 24 horas, los 7 días de la semana, con los datos de la cédula paraguaya. Trae un código de seguridad que se verifica en el mismo sitio. Los extranjeros lo piden en las oficinas de Antecedentes Judiciales de las sedes judiciales.

2.490

personas figuraban en el REDAM al 31 de agosto de 2026: 2.447 varones y 43 mujeres

Fuente: Corte Suprema de Justicia, 18 de setiembre de 2026

Hasta agosto se expidieron 540.452 certificados, y entre enero y agosto de 2026 salieron del registro 11 personas, según la Dirección de Estadística Judicial.

Otras ayudas para madres y niños

La pensión alimentaria no reemplaza los programas del Estado para familias con hijos, como Tekoporã Mbarete o los centros de primera infancia del Ministerio de la Niñez. El cuadro de ayudas del Estado según cada situación indica qué programa corresponde y dónde se pide.

Para dudas sobre el REDAM, la Dirección de Estadística Judicial atiende en el (021) 422 060, internos 2483, 2426 y 2554. La Defensa Pública orienta en todas sus oficinas y deriva cada caso a la institución que corresponde.

Cómo citar. Ahendu (24 oct. 2026). «Pensión alimentaria en Paraguay: se pide en el Juzgado de la Niñez y el juez fija el monto». ahendu.com.py/sociedad/pension-alimentaria-paraguay-como-pedirla

Los datos, tablas y gráficos propios de Ahendu se pueden reutilizar con licencia CC BY 4.0, citando a Ahendu. Los textos y las fotos no están incluidos.

  1. 1. Desde cuándo se paga la pensión alimentaria fijada por el juez?

  2. 2. En qué unidad se fija la cuota alimentaria?

  3. 3. Cuántas cuotas impagas llevan al REDAM?

  4. 4. Hasta qué parte de los ingresos se puede retener por cuotas atrasadas?

Preguntas frecuentes

Dónde se pide la pensión alimentaria para un hijo?

En un Juzgado de la Niñez y la Adolescencia, que según el Código conoce los pedidos de fijación de cuota alimentaria. Se presenta con un abogado particular o con el defensor público de la Niñez que esté de turno, sin costo.

Cuánto es la pensión alimenticia para un hijo?

La ley no fija un porcentaje. El juez decide el monto con las pruebas sobre lo que gana quien debe pagar y lo expresa en jornales mínimos, que se actualizan solos con cada aumento salarial.

Qué cubre la asistencia alimenticia?

Según el artículo 97 de la Ley 1680/01, incluye lo necesario para el sustento, la vivienda, la ropa, la educación, la atención médica y la recreación del hijo.

Se puede pedir pensión durante el embarazo?

Sí. La mujer embarazada puede reclamar alimentos al padre del hijo, y la obligación incluye los gastos del embarazo y del parto, según el Código de la Niñez y la Adolescencia.

Qué pasa si el padre no paga la pensión?

El juez puede retener hasta el 50% de sus ingresos para cubrir las cuotas atrasadas. Con tres cuotas impagas, sucesivas o alternadas, puede ordenar su inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM).

Cuánto cuesta el juicio de alimentos con un defensor público?

La atención de la Defensa Pública es gratuita y exonera de las tasas judiciales; solo se pagan gastos de justicia, notificaciones y edictos. Se pide la fotocopia de la cédula y las de dos testigos.

Cómo sé si una persona está en el REDAM?

Con el certificado gratuito de la plataforma del REDAM, en la web del Poder Judicial, disponible las 24 horas con los datos de la cédula paraguaya. Los extranjeros lo tramitan en las oficinas de Antecedentes Judiciales.

Cómo consulto el saldo de la cuenta de alimentos del BNF?

Por el call center del BNF, al 416 0100; por la banca web del banco, con clave de acceso, o con un mensaje con el número de cédula al 2727, desde Tigo o Personal.

#AsistenciaAlimenticia#CódigoDeLaNiñezYLaAdolescencia#REDAM#DefensaPública#PoderJudicial

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