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Criptomonedas en Paraguay: la DNIT pide declarar las operaciones de más de US$ 5.000 al año
El primer informe anual se presenta en marzo de 2027 por el sistema Marangatu, y el Congreso estudia cuatro proyectos para regular el sector

La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) obliga desde este año a informar las operaciones con criptoactivos que superen los US$ 5.000 anuales, según su Resolución General N.° 47 del 10 de marzo de 2026. Quien compra, vende o mina presenta el primer informe en marzo de 2027.
«La medida busca fortalecer la transparencia y el control tributario en un sector de creciente relevancia económica», señaló la DNIT al anunciarla. Es una obligación de informar, no un impuesto nuevo, y alcanza también a la tenencia, los intercambios y la minería.
Tienen que declarar las plataformas de criptoactivos que operan en el país. También las personas y empresas residentes que pasan ese monto en un año y operan por plataformas del exterior o sin intermediarios. La declaración es anual y se presenta por Marangatu, con la obligación 959 en el RUC.
Paraguay no tiene una ley general de criptoactivos. El Congreso aprobó una en 2022, el Poder Ejecutivo la vetó en agosto de ese año y el proyecto quedó archivado, según el SILpy. El sector se ordena hoy con normas de cada organismo: impuestos, prevención de lavado, energía y Código Penal.
El Banco Central del Paraguay (BCP) mantiene publicado su comunicado sobre el tema. Las criptomonedas no tienen curso legal ni fuerza cancelatoria, y «no se puede obligar a persona alguna a aceptarlas como medio de pago», dice el texto.
El BCP advierte además que quien invierte asume el riesgo de perder todo el valor por la volatilidad, el fraude o un hackeo.
La SEPRELAD trata como sujetos obligados a quienes minan, intercambian, transfieren, custodian o administran activos virtuales. Deben inscribirse en su registro, conocer a sus clientes y reportar operaciones sospechosas. Los instrumentos del mercado de valores quedan bajo la Superintendencia de Valores del BCP, y la DNIT los excluye de su definición de criptoactivo.
- 15 de enero de 2020La SEPRELAD incorpora a los proveedores de activos virtuales como sujetos obligados y crea su registro
- 1 de setiembre de 2021La SEPRELAD aprueba el reglamento de prevención de lavado para actividades con activos virtuales
- Agosto de 2022El Poder Ejecutivo veta el proyecto de ley de criptoactivos aprobado por el Congreso, que luego se archiva
- 4 de octubre de 2022La ANDE crea el Grupo de Consumo Intensivo Especial, con tarifa propia para minería y centros de datos
- Julio de 2024La Ley 7300 eleva a hasta 10 años la pena por sustraer energía eléctrica
- 10 de marzo de 2026La DNIT dicta la Resolución General 47 y crea la declaración informativa de criptoactivos
- Marzo de 2027Vence la primera declaración, por las operaciones de 2026
La minería es el capítulo con más reglas, porque consume mucha electricidad y Paraguay la produce con agua. La ANDE creó en 2022 un grupo tarifario propio para la minería de criptoactivos y los centros de datos, con precios en dólares y conexión en media, alta y muy alta tensión. El Decreto 7824/2022 la autorizó a fijar esas condiciones.
En julio de 2024, la ANDE actualizó esas tarifas entre 9% y 16% por el mayor costo de la potencia de Itaipú. Los contratos vigentes vencen el 31 de diciembre de 2027, y la empresa estimó que a fines de 2025 la demanda del grupo llegaría a 1.000 MW.
«A pesar de que tenemos margen de disponibilidad, estamos trabajando fuertemente en iniciar el proceso de diversificación de las fuentes de generación de energía»
El país tiene 8.760 MW de capacidad entre Itaipú, Yacyretá y Acaray, y el pico de consumo de marzo de 2025 usó el 58%, según la ANDE.
El ministro de Industria y Comercio, Javier Giménez, se refirió al tema en marzo de 2024, en una entrevista radial. Dijo que la minería planificada con la ANDE es una industria que «si se hace bien, nos puede traer beneficios».
Conectarse por fuera de un contrato es delito. La Ley 7300, de julio de 2024, elevó a hasta 10 años la pena por sustraer energía eléctrica y habilitó el comiso de los equipos, cuya administración provisional puede pedir la ANDE.
Congreso: cuatro proyectos en estudio
| Qué propone | Quién lo presentó | Ingreso | Estado al 8 de octubre de 2026 |
|---|---|---|---|
| Una pausa de 180 días, o hasta que haya ley, para nuevas granjas y para crear y vender criptoactivos | 13 senadores | 3 de abril de 2024 | Senado, primer trámite; sin fecha de tratamiento desde mayo de 2024 |
| Regular la industria y la comercialización de criptoactivos | Diputados Yamil Esgaib y Alejandro Aguilera | 9 de abril de 2024 | Diputados, primer trámite; último dictamen el 16 de marzo de 2026 |
| Un régimen de unidad monetaria virtual y de criptoactivos | Derlis Rodríguez, entonces diputado | 11 de abril de 2024 | Diputados, primer trámite; último dictamen el 30 de marzo de 2026 |
| Regular la criptominería en el país | Diputada Constancia Benítez | 30 de mayo de 2024 | Diputados, primer trámite; último dictamen el 16 de marzo de 2026 |
Fuente: SILpy, Congreso Nacional, consulta del 8 de octubre de 2026.
Mientras el Congreso define, quien quiera operar dentro de las reglas tiene cuatro deberes a mano:
- DeclaraciónSi pasás los US$ 5.000 al año, pedí la obligación 959 y presentá el informe anual por Marangatu.
- RegistroSi prestás servicios con activos virtuales, inscribite ante la SEPRELAD.
- EnergíaLa minería requiere un contrato con la ANDE en el grupo de consumo intensivo especial.
- RiesgoNingún organismo del Estado garantiza el valor de una criptomoneda, y el BCP advierte que se puede perder todo lo invertido.
La misma agenda de transparencia incluye el intercambio de información fiscal con otros países, y la energía limpia es también lo que atrae a los centros de datos, como el proyecto de Yguazú.
El próximo vencimiento es marzo de 2027: ese mes se presenta por Marangatu la declaración de las operaciones de 2026. Los contratos de energía de las mineras rigen hasta el 31 de diciembre de ese año.
Cómo citar. Ahendu (8 oct. 2026). «Criptomonedas en Paraguay: la DNIT pide declarar las operaciones de más de US$ 5.000 al año». ahendu.com.py/economia/criptomonedas-en-paraguay-regulacion-2026
Los datos, tablas y gráficos propios de Ahendu se pueden reutilizar con licencia CC BY 4.0, citando a Ahendu. Los textos y las fotos no están incluidos.
Preguntas frecuentes
Hay que pagar un impuesto nuevo por tener criptomonedas?
No. La resolución de la DNIT crea una obligación de informar, no un tributo. Las ganancias se rigen por las leyes tributarias generales.
Las stablecoins y los NFT también se informan?
Sí. La definición de la DNIT los incluye. Quedan fuera las monedas digitales emitidas por bancos centrales y los instrumentos regulados por las leyes del mercado de valores.
Qué multa hay por presentar la declaración fuera de plazo?
G. 1.000.000 por contravención, sin perjuicio de otras responsabilidades administrativas, según el artículo 6 de la resolución.
Qué datos se informan por cada operación?
Fecha y hora, criptoactivo y red, cantidad, valor bruto en dólares, comisiones, identificador de la transacción (hash), direcciones de origen y destino y tipo de billetera.
Desde cuándo informan las empresas con cierre fiscal en abril o junio?
Desde el ejercicio fiscal 2027. Para quienes cierran el 31 de diciembre, la obligación rige desde el ejercicio 2026.
Puedo dar de baja la obligación si dejo de operar?
Sí. La resolución permite pedir la baja de la obligación 959 cuando ya no se reúnen las condiciones de sujeto obligado.
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