EconomíaFin de año
El aguinaldo de diciembre no paga IRP ni cuenta para el tope de G. 80 millones del impuesto
La exoneración figura en el artículo 56 de la Ley 6380, junto con las indemnizaciones por despido ajustadas al mínimo legal

El aguinaldo que los trabajadores cobran antes del 31 de diciembre no paga el impuesto a la renta personal (IRP), según la Ley 6380 de 2019. La norma lo incluye en su lista de rentas exoneradas, junto con las indemnizaciones por despido ajustadas al mínimo legal.
Eso tiene un efecto práctico. El IRP por servicios personales alcanza a quien supera G. 80.000.000 de ingresos gravados en el año, contados desde el 1 de enero. Como el aguinaldo está exonerado, no suma para llegar a ese tope.
Por ejemplo, un empleado de Asunción que cobra G. 6.500.000 por mes junta G. 78.000.000 en 12 meses. Con el aguinaldo pasaría ese monto, pero como no se cuenta, sigue por debajo del límite y no paga el impuesto.
Quien sí supera los G. 80.000.000 paga entre 8% y 10% sobre su renta neta, por tramos, y puede descontar gastos de su familia con factura. Todo eso está en nuestra guía de impuestos en Paraguay.
El aguinaldo tampoco admite descuentos, según el Ministerio de Trabajo, y el IPS no cobra aportes sobre él. Equivale a la doceava parte de todo lo cobrado en el año y el empleador debe pagarlo antes del 31 de diciembre.
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