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Hernán Rivas apela la condena de ocho años de cárcel en el caso de su título de abogado

La defensa sostiene que uno de los dos hechos prescribió en junio de 2023 y pide la absolución por esa parte o, si no, un nuevo juicio

Mazo de juez y expedientes sobre el estrado de una sala de audiencias
Mazo de juez y expedientes sobre el estrado de una sala de audiencias, en una foto de 2006. Foto: Joe Gratz / Wikimedia Commons · CC0

El exsenador Hernán Rivas apeló este viernes la condena de ocho años de prisión que le impuso el Tribunal de Sentencia N.º 4 de la Capital en el caso de su título de abogado. La pena no se cumple mientras el fallo no quede firme, según el Poder Judicial.

La Sentencia Definitiva N.º 499, del 24 de septiembre de 2026, lo declaró autor de producción mediata y de uso de documentos públicos de contenido falso. Según el texto del fallo, la pena se cumplirá «a disposición del Juez Penal de Ejecución de Sentencias, una vez que quede firme la presente Sentencia».

Hasta entonces siguen vigentes las medidas que le impuso el Juzgado de Garantías en octubre de 2025. Entre ellas, Rivas debe firmar cada tres meses un libro de comparecencia y avisar al juzgado cada vez que sale del país y cuando vuelve.

El recurso lo presentó la abogada Alba Zaracho, que asumió su defensa poco antes del juicio oral. Sostiene que el primer hecho, su designación ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) del 3 de junio de 2020, prescribió a los tres años. Según ese cálculo, el plazo venció el 3 de junio de 2023, antes de la imputación de enero de 2024.

La defensa también afirma que el fuero de legislador no frenó ese plazo. Por eso pide que se declare la prescripción y que Rivas sea absuelto por ese hecho. Si el pedido no prospera, solicita un nuevo juicio.

El juicio se basó en la acusación de las agentes fiscales Patricia Sánchez y Luz Guerrero. Según la acusación, Rivas usó un título de abogado de contenido falso, expedido a su nombre por la Universidad Sudamericana, para integrar el JEM en 2020. Ese órgano juzga a jueces, fiscales y defensores públicos.

La prescripción ya se discutió antes en este expediente. En octubre de 2025, el juez de Garantías Miguel Ángel Palacios la dio por operada para la producción del documento y mandó a juicio solo el uso. En marzo de 2026, la Segunda Sala del Tribunal de Apelación en lo Penal sobreseyó a Rivas de forma definitiva.

Las fiscales recurrieron a la Corte. El 7 de mayo de 2026, la Sala Penal anuló los dos autos del Tribunal de Apelación, revocó la prescripción que había declarado el juez y envió la causa a juicio oral. La Sala estaba integrada por los ministros Luis María Benítez Riera y María Carolina Llanes y el magistrado Arnulfo Arias.

El tribunal que dictó la condena lo presidió la jueza María Fernanda García de Zúñiga, con Yolanda Portillo y Juan Carlos Zárate como miembros. El fallo también declara a Rivas civilmente responsable y le impone las costas.

Además, la sentencia ordena comunicar la decisión al Poder Ejecutivo, al Congreso, al Ministerio de Educación y Ciencias, al JEM y a la Procuraduría General de la República.

Rivas fue diputado y senador por el Partido Colorado. Pidió permiso en el Senado en abril de 2026 y su renuncia se aceptó por la Resolución 1783 del 12 de mayo, como figura en la lista de los senadores del período 2023-2028.

El caso Rivas en los tribunales, paso a paso
  • 18 de enero de 2024La fiscala Patricia Sánchez presenta el acta de imputación y pide el desafuero del senador
  • 15 de febrero de 2024El Senado comunica al juzgado la resolución que le quita los fueros
  • 10 de octubre de 2025El juez Miguel Ángel Palacios declara prescripta la producción del documento y eleva a juicio el uso
  • 30 de marzo de 2026La Segunda Sala del Tribunal de Apelación lo sobresee de forma definitiva
  • 7 de mayo de 2026La Sala Penal de la Corte anula el sobreseimiento y manda la causa a juicio oral
  • 24 de septiembre de 2026El Tribunal de Sentencia N.º 4 lo condena a ocho años de prisión
  • 16 de octubre de 2026La defensa apela la sentencia y pide la absolución por prescripción o un nuevo juicio

El recurso deberá resolverlo un Tribunal de Apelación en lo Penal de la Capital. Cualquier persona puede seguir el expediente 9477/2023 en la ficha que el Poder Judicial publica en su Observatorio de Causas Emblemáticas; su última actualización, del 15 de octubre, todavía no registra la apelación.

#HernánRivas#PoderJudicial#JuradoDeEnjuiciamientoDeMagistrados#Fiscalía#Senado

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