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Denuncia falsa: Diputados vota este martes penas de hasta seis años si se acusa de un crimen

Dos comisiones aconsejaron aceptar los cambios del Senado, que además suman un pago a la víctima fijado por el juez según el daño sufrido

Edificio de la Biblioteca del Congreso Nacional, en Asunción
Edificio de la Biblioteca del Congreso Nacional, en Asunción, en una foto de 2022. Foto: Cmasi / Wikimedia Commons · CC BY-SA 4.0

La Cámara de Diputados trata este martes, en su sesión ordinaria, los cambios del Senado al proyecto que endurece las penas por denuncia falsa, informó la propia Cámara. Si los acepta, el texto queda sancionado y pasa al Poder Ejecutivo, que puede promulgarlo o vetarlo.

El lunes, la Comisión de Legislación y Codificación, que preside el diputado Jorge Ávalos (PLRA-Paraguarí), dictaminó a favor de aceptar la versión del Senado. La Comisión de Asuntos Constitucionales, a cargo de José Rodríguez (ANR-Capital), emitió el mismo dictamen.

El proyecto modifica el artículo 289 del Código Penal. Hoy castiga con hasta cinco años de cárcel o multa a quien, a sabiendas, acusa en falso a otra persona ante una autoridad o en público. También alcanza a quien fabrica pruebas en su contra para que la procesen.

La versión que salió primero de Diputados agregaba un agravante. Subía la pena hasta seis años cuando la denuncia falsa terminaba en una medida que restringe la libertad del denunciado, como la prisión preventiva, y sumaba una sanción en dinero.

El Senado cambió el enfoque. En su texto, la pena puede llegar a seis años cuando el hecho atribuido en falso es un crimen. El Código Penal llama crímenes a los hechos castigados con más de cinco años de cárcel; el resto son delitos.

Pena máximaCuándo se agravaPara la víctima
Código vigenteCinco años o multaNo tiene agravanteSin pago previsto en el artículo
Primera versión de DiputadosSeis añosSi la denuncia lleva a una medida contra la libertadPena patrimonial complementaria
Versión del SenadoSeis añosSi el hecho atribuido es un crimenComposición del artículo 59

Fuente: Código Penal (Ley 1160/97) y Cámara de Diputados, 12 de octubre de 2026.

La composición es una suma de dinero que el autor paga a la víctima. La fija el tribunal según las consecuencias que sufrió la persona y la situación económica del autor, según el artículo 59 del Código Penal. Ese pago no impide reclamar después los daños y perjuicios.

En la misma sesión, como segundo punto del orden del día, figura el «Programa de trabajo penitenciario autogestionado». La iniciativa busca que las personas privadas de libertad puedan hacer trabajos voluntarios y pagados, en condiciones dignas, para ayudar a su rehabilitación.

Las comisiones llegan divididas a ese debate. La de Ciencia y Tecnología recomendó aprobarlo; las de Asuntos Económicos y de Cuentas y Control aconsejaron rechazarlo. El presidente de esta última, César Cerini (ANR-Itapúa), citó un informe de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT). Según ese documento, los descuentos impositivos para las empresas que contraten internos no tienen una base legal expresa.

Las comisiones de Diputados también dictaminaron el lunes a favor de crear un Tribunal Electoral propio en Caazapá y de declarar paisaje protegido al Parque Mbaracayú de Ciudad del Este. Otro dictamen favorable promueve el newcom, un vóleibol adaptado pensado sobre todo para adultos mayores. La Cámara todavía no informó cuándo llegarán esos proyectos al pleno.

Al otro lado del Congreso, el Senado trata el miércoles otra reforma penal: las penas de hasta 15 años por abigeato para las bandas que roban ganado. En la Cámara Baja, el diputado Alejandro Aguilera anunció que impulsará una ley contra el pánico financiero.

Mientras la reforma no se promulgue, sigue vigente el artículo 289 actual, con hasta cinco años de cárcel o multa para quien acusa en falso.

#CámaraDeDiputados#CódigoPenal#Senado#JorgeÁvalos

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